12 Dic, 2020

Aplicaciones obligatorias de estrobilurinas. Instructivo

En virtud de la nueva medida de control respecto a las aplicaciones obligatorias de estrobilurinas, desde AFINOA compartimos el procedimiento para el registro de los planes de aplicación y de toma de muestra.

Plan de manejo Fitosanitario

El productor debe informar en el SITC las aplicaciones de estrobilurinas que va a realizar en función del Plan de Manejo Fitosanitario presentado al momento de la inscripción.

Para esto debe ingresar al SITC y en la sección “Monitoreos – Trat. Estrobilurinas – Plan de Aplicación – Informar Plan”, como se muestra en la figura.

En esta sección se informa los datos generales del Productor, Establecimiento y la región a la que pertenece el establecimiento.

Luego hay un aviso que indica si el establecimiento posee o no UPs de limón (esto junto con la región determina la obligatoriedad o no de la aplicación).

Si el establecimiento tuvo antecedentes de detección de mancha negra en UE, aparece un segundo aviso indicándolo. Esto dará la obligatoriedad de realizar dos aplicaciones de estrobilurinas en limón y en el caso de los dulces, que se debe aplicar el año en curso.

A continuación, se debe informar si se aplican o no estrobilurinas en la campaña en curso, en el caso de limón del NOA, aparecerá por defecto que si y luego se debe informar la cantidad de aplicaciones que se van a realizar.

Se recuerda que para los establecimientos de limón del NOA es obligatorio su registro todos los años y para el caso de los dulces, es bianual.

Además, los establecimientos con antecedentes de mancha negra en las últimas campañas deberán, en el caso de limón, realizar al menos 2 aplicaciones y en el caso de los dulces, al menos una aplicación en la campaña en curso.

Una vez completada la información solicitada se “Registra el Plan”. Luego se puede “Terminar” el registro o cargar la fecha de inicio de aplicación presionando “Continuar con registro de aplicación”.

Aviso de inicio y fin de los tratamientos

Si no seleccionó la opción “Continuar con registro de aplicación”, podrá registrar la fecha de inicio y fin estimada en “Monitoreos – Trat. Estrobilurinas – Aplicaciones – Nuevo Registro

Por cada aplicación, el productor, deberá consignar la fecha real de inicio, la fecha estimada de culminación y el principio activo. La carga de la fecha de inicio se deberá informar al SITC con 24 horas de anticipación. Esto permitirá realizar supervisiones al azar de los tratamientos a campo. Una vez cargados los datos deberá “Registrar Aplicación”.

Una vez finalizada cada aplicación en la totalidad de las UP del establecimiento, el productor deberá informar la fecha real de fin de aplicaciones. Con esto se da por cerrada cada aplicación y se genera automáticamente la solicitud de toma de muestra. Si no se consigna la fecha de finalización real, no será considerada la aplicación como válida.

Toma de muestra

El muestreo se realiza a nivel de establecimiento, es obligatorio para todos los establecimientos de limón del NOA y para los dulces que hayan tenido detecciones de mancha negra en puertos europeos en la campaña anterior.

Se deberá muestrear el 20 % de las UP de exportación del establecimiento. Las UP a muestrear serán indicadas por la oficina operativa.

En los establecimientos que hayan tenido detecciones en UE en la temporada anterior (tanto en limón como en dulces), se muestreará el 40 % de las UP de exportación. Adicionalmente a ese 40% se deberán incluir de manera obligatoria la o las UP que tuvieron detección.

Para cada una de las UP a muestrear se conformará una muestra de 30 frutos, seleccionando los frutos de mayor tamaño correspondientes a las camadas destinadas a la exportación (preferentemente de diámetro ecuatorial mayor a 40 mm). Los frutos deberán seleccionarse de 30 árboles, a la altura de la vista, de la parte más externa de la copa del árbol, evitando las dos primeras filas del lote y las plantas de la bordura.

Para cada establecimiento, el muestreador deberá confeccionar el acta “Toma de muestra” y realizar el muestreo acompañado de un Responsable del Establecimiento (responsable técnico o algún personal designado por el mismo). El envío de la muestra al laboratorio quedará a cargo del productor, quien deberá remitir la muestra junto con el acta de envío al laboratorio dentro de las 48 horas de extraída para el caso de muestras de Tucumán; y dentro de los 5 días para muestras de Salta y Jujuy. El acta deberá ser firmada por el muestreador y por el responsable del Establecimiento.

Acondicionamiento de muestras: los frutos deberán colocarse en bolsa plástica teniendo en cuenta que los mismos deben estar secos. Se deberá precintar la bolsa y mantenerla en lugar fresco hasta su ingreso al laboratorio.

Muestras procedentes de áreas con presencia del insecto Diaphorina citri, vector del HLB: Para muestras que provengan de zonas con presencia del insecto vector del HLB (Salta, Jujuy y Santiago del Estero), se deberá realizar un procedimiento previo al envío de las muestras a Tucumán que consistirá en aplicar abamectina al 0,5 por mil (0,5 ml/L) dejar secar y colocar en bolsa limpia y seca.

Ingreso de muestras al laboratorio

Horario de recepción: De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hs

Lugar de recepción: Recepción de Sección Química de EEAOC, Av. William Cross 3150, Las Talitas, Tucumán.

Contactos:

  • Daniel Lo Re:

Email: [email protected].

Tel.: 0381-4521000 Int. 164

  • Karina Bustos:

Email: [email protected].

Tel.: 0381-4521000 Int. 140

Carga de las muestras: Los datos de la toma de muestra deben ser cargados al SITC por personal de Senasa. Detallando: la fecha de muestreo, muestreador, establecimiento, tipo de muestra, número de precintos y principio activo a analizar por el laboratorio (Pyraclostrobin, Trifloxystrobin, Azoxystrobin)

Resultado del análisis: Será cargado en el SITC por el personal del laboratorio.

Información de carga de datos: fecha de ingreso al laboratorio, código de ensayo solicitado, fecha de informe.

Los posibles resultados serán:

  • No detectado; LD: 0,005 mg/kg
  • <LQ; <0,010 mg/kg; LD: 0,005 mg/kg
  • Valor numérico

Si algunos de los precintos que conforman la muestra arroja “no detectado” para estrobilurinas, el establecimiento quedará inhabilitado y no podrá continuar en el Programa de exportación.

Para descargar este instructivo: Aplicaciones PDF