Después de las gestiones realizadas por directivos de ACNOA, finalmente, en el día de ayer el PE publicó en el Boletín Oficial el Decreto 917/2020 el cual:
1- Prorroga hasta el 31/12/2020 la alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Tucumán para:
- la producción primaria de granos de soja, de maíz, de trigo y/o de sorgo granífero, desarrollada dentro del territorio de la Provincia de Tucumán siempre y cuando sean comercializados directamente por el propio productor primario y la explotación total no exceda de un mil (1.000) hectáreas;
- para la producción primaria de limón, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
- para la producción primaria de arándano, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
- para la producción primaria de frutilla, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
- y para la venta de azúcar efectuada por productores cañeros maquileros, cuyas explotaciones no excedan de cien (100) hectáreas
2- Se extiende también dicha alícuota para la producción de palta desarrollada dentro de la provincia de Tucumán, siempre y cuando sea comercializada directamente por el productor primario.
3- Se faculta a Rentas para el dictado de la reglamentación.
4- Tiene vigencia a partir del anticipo Enero 2020 del mencionado impuesto.
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