12 Jun, 2020

Alícuota 0 para la producción primaria de limón

Después de las gestiones realizadas por directivos de ACNOA, finalmente, en el día de ayer el PE publicó en el Boletín Oficial el Decreto 917/2020 el cual:

 

1- Prorroga hasta el 31/12/2020 la alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Tucumán para:

  1. la producción primaria de granos de soja, de maíz, de trigo y/o de sorgo granífero, desarrollada dentro del territorio de la Provincia de Tucumán siempre y cuando sean comercializados directamente por el propio productor primario y la explotación total no exceda de un mil (1.000) hectáreas;
  2. para la producción primaria de limón, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
  3. para la producción primaria de arándano, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
  4. para la producción primaria de frutilla, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario;
  5. y para la venta de azúcar efectuada por productores cañeros maquileros, cuyas explotaciones no excedan de cien (100) hectáreas

 

2- Se extiende también dicha alícuota para la producción de palta desarrollada dentro de la provincia de Tucumán, siempre y cuando sea comercializada directamente por el productor primario.

3- Se faculta a Rentas para el dictado de la reglamentación.

4- Tiene vigencia a partir del anticipo Enero 2020 del mencionado impuesto.

 

Para acceder al documento, acceder aquí, página 2141, Alicuota 0