A través de la Resolución Directoral N.º 0019-2020-Minagri-Senasa-DSV, Perú ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de frutos frescos de mandarina (Citrus reticulata) y naranja (Citrus sinensis) de origen y procedencia España.
Como indica la resolución, dichos productos deberán contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
Los frutos frescos de mandarina/naranja deben provenir de lugares de producción y plantas de empaque registradas y certificadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España. Además, deberán haber sido sometidos a tratamiento de frío de acuerdo a lo establecido en el plan de trabajo para la exportación de frutos frescos de mandarina y naranja de España a Perú.
En caso de transporte aéreo, cada caja o palet deberá estar protegido por mallas de diámetro menor de 1,6×1,6 mm o cualquier otro material que mitigue la entrada de plagas después de la inspección de exportación. Cada caja o palet debe precintarse y la cantidad de precintos debe indicarse en el certificado fitosanitario.
Asimismo, el envío debe estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, habiéndose verificado que se encuentra libre de: Ceratitis capitata, Aceria sheldoni, Brevipalpus obovatus, Eutetranychus orientalis, Apomyelois ceratoniae, Cryptoblades gnidiella y Pezothrips kellyanus.
También deberá indicar número de precinto del MAPA de España colocado en el contenedor; así como el número de contenedor; y la data referida a fecha de inicio de tratamiento, temperatura (°C) y periodo de exposición, cuando el tratamiento se haya realizado en cámaras de frío.
Los envases deberán ser nuevos y de primer uso, sin ningún material extraño al producto, debidamente etiquetados en la parte frontal de la caja que permita la identificación del producto: “Mandarina de exportación a Perú” o “Naranja de exportación a Perú”; lugar de producción (provincia); nombre del lugar o número de registro; nombre o número de registro del empacador; nombre del producto.
Los palets de madera deben estar libres de corteza y cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera (Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N.º 15).
El importador entregará al Senasa el documento de calibración y localización de sensores de temperatura, así como la data referida a la fecha de inicio del tratamiento, registro de temperaturas (°C) y periodo de exposición, cuando el tratamiento se haya realizado en tránsito en contenedores refrigerados. Además, el envío deberá someterse a una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
Fuente: Freshplaza.